Entender la fiscalidad asociada a cada transacción comercial es esencial para operar dentro del marco legal. En Fincas Dueñas exploramos cómo se calcula el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en la compra de viviendas, cuánto se debe abonar, quién es responsable del pago y las posibles exenciones.
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un tributo que grava la compra de bienes usados, como viviendas y vehículos, así como ciertas ampliaciones de capital. Este impuesto se paga en la delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente mediante el modelo 600 para las viviendas.
El ITP es un impuesto indirecto, ya que se aplica sobre el valor de la transacción. La legislación abarca tres impuestos distintos: Transacciones Patrimoniales Onerosas (TPO), Operaciones Societarias (OS) y Actos Jurídicos Documentados (ADJ). Nos centraremos en las transacciones patrimoniales onerosas.
En España, las principales transacciones sujetas al ITP son:
- La compraventa de viviendas usadas entre particulares (sujeta a ITP, no al IVA).
- El alquiler de viviendas, incluyendo alquileres temporales como pisos para estudiantes.
- La compraventa de vehículos usados entre particulares (exenta si se adquiere para su reventa).
- Algunas operaciones societarias también pueden estar sujetas al ITP bajo la modalidad de «Operaciones Societarias».
El importe a pagar por el ITP varía según la Comunidad Autónoma, por lo que se debe abonar en la delegación de Hacienda local. Desde el 10 de julio de 2021, con la Ley 11/2021, se modificó la base imponible del impuesto, estableciendo el valor de referencia del Catastro como base imponible en lugar del valor real, evitando así fraudes fiscales. Para calcular el ITP de una vivienda, considera los siguientes tipos impositivos generales:
- 4% en tipo general.
- 8% para viviendas hasta 400,000 euros.
- 9% para viviendas hasta 700,000 euros.
- 10% para viviendas que superen los 700,000 euros.
En plazas de garaje, los tipos se aplican a los umbrales de 30,000 euros (8%), 50,000 euros (9%) y más de 50,000 euros (10%). Estos porcentajes pueden variar según la Comunidad Autónoma, con posibles fracciones de 8,5% y 9,5% en ciertos rangos. Se recomienda utilizar un simulador de ITP para conocer la tarifa exacta aplicable en la Comunidad Autónoma correspondiente.
El ITP debe pagarse antes de la firma de la escritura pública de compraventa. El comprador debe presentar una declaración en la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma, utilizando el modelo 600 y realizando el pago correspondiente. El plazo para abonar el ITP es de 30 días hábiles desde la firma de la escritura, y su incumplimiento puede llevar a recargos e intereses.
No obstante, existen algunas exenciones al ITP, incluyendo:
- Transferencias entre cónyuges en casos de separación o divorcio.
- Herencias y donaciones, que pueden estar exentas o reducir la cuota del ITP según la legislación aplicable.
- Operaciones realizadas por entidades públicas, Seguridad Social y entidades sin ánimo de lucro.
- Transmisiones en pago de indemnizaciones judicialmente reconocidas.
En cuanto a quién paga, el ITP es responsabilidad del comprador en la adquisición de una vivienda de segunda mano. En el caso del alquiler de una vivienda, el arrendatario es quien debe abonar el ITP.
