La normativa catalana de vivienda ha introducido en julio de 2026 una modificación relevante para propietarios y profesionales inmobiliarios: ya no es obligatorio publicar en los anuncios de venta y alquiler los datos identificativos de la cédula de habitabilidad.
La modificación se ha producido mediante la Ley 11/2026 y supone una rectificación respecto a una obligación que había generado críticas entre diferentes profesionales del sector.
¿Qué cambia exactamente?
La principal novedad es que los anuncios inmobiliarios ya no tienen que incluir el número y otros datos identificativos de la cédula de habitabilidad.
La Generalitat ha modificado el artículo 59 de la Ley 18/2007 del derecho a la vivienda, eliminando esta obligación de la publicidad inmobiliaria.
Para propietarios y agencias, esto supone simplificar parte de la información que debe aparecer en los anuncios.
La cédula sigue siendo necesaria
Es importante no confundir ambas cuestiones.
Que sus datos ya no tengan que aparecer publicados en el anuncio no significa que la cédula deje de ser obligatoria cuando la normativa exige disponer de ella.
La vivienda debe seguir contando con la cédula correspondiente cuando sea necesaria y se mantiene la prohibición de comercializar o anunciar para alquiler determinadas viviendas que carezcan de este documento cuando resulte obligatorio.
Por tanto, el cambio afecta a la publicidad, no elimina la obligación documental.
¿Qué información continúa siendo obligatoria?
La reforma mantiene otras obligaciones de información en los anuncios.
Entre ellas se encuentran, cuando corresponda, la localización de la vivienda, su estado, determinadas superficies en obra nueva, información sobre la licencia de obras, los datos profesionales del agente y la referencia del certificado de eficiencia energética.
Además, en zonas de mercado residencial tensionado deben seguir apareciendo determinadas informaciones relacionadas con el alquiler, como el precio máximo aplicable o la última renta, así como la condición de gran tenedor cuando corresponda.
¿Por qué se ha producido el cambio?
La obligación de publicar los datos de la cédula había generado críticas por considerar algunos profesionales que aportaba poca utilidad al consumidor y podía generar problemas relacionados con privacidad, seguridad y carga burocrática.
La modificación supone que esa información deje de formar parte obligatoria del anuncio, aunque la documentación siga teniendo importancia durante la operación.
Para los propietarios, la recomendación sigue siendo disponer de toda la documentación actualizada antes de poner una vivienda en el mercado.
En Fincas Dueñas consideramos que conocer estos cambios es fundamental para comercializar correctamente un inmueble y cumplir con las obligaciones que continúan vigentes en Cataluña.
